FECHAS EN QUE INDICA LA OBLIGACION:
MODALIDADES DE PAGO:
Los pagos asociados a la Planilla deberán hacerse de manera unificada a través de alguna de las siguientes modalidades:
-Pago electrónico.
-Pago Asistido. : Si el aportante utiliza la liquidación asistida, que consiste en que el aportante remite la información de tallada de los cotizantes, por cualquier medio, al Operador de la información (instituciones financieras o administradoras del sistema), quien procede a digitarla de manera que se transdorme en planilla electrónica; cumplido lo anterior, el Operador de la información generará ´para el aportante un código o número de referencia que vincula el valor por pagar con la liquidación asistida. El aportante deberá utilizar dicho código o número de referencia para efecutar el pago, ya sea mediante consignación bancaria, orden telefónica, tarjeta débito o crédito, cajero electrónico o datáfono, entre otros.
Si el aportante utiliza la liquidación asistida, el Operador de información le advertirá sobre los intereses de mora que se generarán, si no efectúa el pago en la fecha límite prevista.
Para asegurar el pago adecuado, liquidará el valor del pago con intereses de mora para los cinco (5) días hábiles siguientes e informará a las entidades financieras y/o sistemas de pago en los cuales se recibirán los pagos sobre dicho valor. Vencido dicho plazo el código que autoriza la utilización de la planilla asistida caducará, y para efectuar el pago, el aportante deberá solicitar una nueva liquidación y el respectivo código
Decreto 1670 del 2007
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